ACUERDO DE COLABORACION ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y EL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE GRADUADOS SOCIALES DE ESPAÑA

En Madrid, a 17 de abril de 1996,

REUNIDOS

La Ilma. Sra. Dña. Juana María Lázaro Ruiz, Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante A.E.A.T.), y el Excmo. Sr. D. Francisco Enrique Rojo Romón, en nombre y representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, (en adelante Consejo General), en su condición de Presidente,

EXPONEN

Que la realización efectiva de los principios de contribución al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con la capacidad económica y de equitativa distribución de la renta personal, consagrados en la Constitución Española, exige un redoblado esfuerzo en la lucha contra el fraude allí donde se encuentre y un mayor acercamiento de la Administración Tributaria a los contribuyentes para informarles mejor de sus obligaciones y facilitarles al máximo el cumplimiento de éstas.

Que, asimismo la Ley General tributaria establece que la colaboración social en la gestión de los tributos puede instrumentarse a través de acuerdos de la Administración Tributaria con instituciones y organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales.

Que la consecución de dichos objetivos pasa por el establecimiento de procedimientos ágiles, sencillos, prácticos y eficaces de relación entre la A.E.A.T., los contribuyentes y los representantes de éstos, profesionales responsables del asesoramiento fiscal, a cuyo fin resulta conveniente para el interés público alcanzar los pertinentes acuerdos con las representaciones de dichos profesionales, entre los que los Graduados Sociales Colegiados ocupan un lugar preferente por su atención a los pequeños y medianos contribuyentes.

Que tales acuerdos pretenden:

        a) Prestar un mejor servicio a los contribuyentes, reforzando la colaboración de la Administración Tributaria con los profesionales que los representan en todos aquellos aspectos en que sus intereses sean coincidentes.

        b) Establecer un marco transparente y fluido de relaciones entre ambos, en el que se analicen los procedimientos específicos de colaboración encaminados a reducir la presión fiscal indirecta de los ciudadanos y en el que se resuelvan los posibles problemas y discrepancias que puedan surgir tanto en la aplicación de los propios acuerdos como en las actuaciones de las partes firmantes de los mismos.

        c) Iniciar un camino de colaboración técnica en paralelo con los avances de la tecnología actual.

Que tanto los profesionales responsables del asesoramiento fiscal como la A.E.A.T. están convencidos que dichos acuerdos van a dar lugar a un mejor conocimiento mutuo, requisito imprescindible para la debida colaboración en todos aquellos temas, de orden práctico y normativo, que puedan resultar de interés común para ambas partes.

Que el Consejo General ofrece, en sus relaciones con la A.E.A.T.., unos cauces de comunicación fluidos y organizados institucionalmente, con interlocutores estables, representando a todo el colectivo profesional integrado en los Colegios Oficiales de Graduados Sociales.

Por todo ello,

MANIFIESTA

Que en su voluntad de establecer un Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la A.E.A.T. y Consejo General, con la finalidad de alcanzar los objetivos antes expuestos.

Que este Acuerdo permitirá a la A.E.A.T. prestar un mejor servicio a los contribuyentes, evitando desplazamientos innecesarios de los mismos a sus oficinas; minorar sus costes informáticos de gestión, mediante el suministro de información y confección de declaraciones en soporte magnético, y, en consecuencia, disminuir la carga de trabajo manual en la Administración Tributaria.

Que, asimismo, el Acuerdo facilitará a los Graduados Sociales miembros de Colegios Oficiales de Graduados Sociales que se adhieran a este Acuerdo su labor profesional, incrementando sus niveles de información tanto en aspectos de gestión como de interpretación de normas tributarias, centralizando en lo posible las relaciones con la Administración Tributaria donde el volumen de actividad así lo aconseje, estableciendo cauces especiales de atención diferenciada en tanto los medios humanos y materiales de cada oficina de la A.E.A.T. lo permitan, sentando las bases para informatizar paulatinamente los modelos de impresos tributarios en cuanto técnicamente sea factible y, en definitiva, disminuyendo también su carga de trabajo.

Que, de este modo, el Acuerdo, al facilitar la gestión tanto de la Administración Tributaria como de los profesionales del asesoramiento, producirá un indudable beneficio para sus clientes, tanto por el incremento de la seguridad jurídica en sus relaciones con la Administración Tributaria como por la agilización en la tramitación de sus declaraciones con derecho a devolución y la información sobre el estado de tramitación de las mismas.

Que,  por cuanto antecede, suscriben el siguiente,

ACUERDO

Primero.- OBJETO DEL ACUERDO

El presente Acuerdo, cuyo contenido se concreta en el apartado siguiente, tiene por objeto:

        a) Prestar un mejor servicio a los contribuyentes, reforzando la colaboración de la A.E.A.T. con los Graduados Sociales Colegiados, representantes de parte de los mismos, en todos aquellos aspectos en que sus intereses sean coincidentes.

        b) Establecer un marco transparente y fluido de relaciones entre ambos, en el que se analicen los procedimientos específicos de colaboración encaminados a reducir la presión fiscal indirecta de los ciudadanos y en el que se resuelvan los posibles problemas y discrepancias que puedan surgir tanto en la aplicación del propio Acuerdo como en las actuaciones de las partes firmantes del mismo.

        c) Evitar desplazamientos innecesarios de contribuyentes a las oficinas de la A.E.A.T., especialmente en determinadas Campañas de carácter masivo, que pueda llevar a una saturación de las mismas y a una disminución en la calidad de los servicios que se prestan a los ciudadanos.

        d) Disminuir la carga de trabajo manual en las oficinas de la A.E.A.T., minorando sus costes informáticos de gestión.

        e) Facilitar a los Graduados Sociales miembros de Colegios Oficiales de Graduados Sociales que se adhieran a este Acuerdo su labor profesional, adoptando diversas medidas que disminuyan tambie´n su carga de trabajo y beneficien a sus clientes, tanto en el incremento de la seguridad jurídica en sus relaciones con la Administración Tributaria como por la agilización en la tramitación de sus declaraciones con derecho a devolución y la información sobre el estado de tramitación de las mismas.

Segundo.- CONTENIDO DEL ACUERDO  

1. Relaciones entre las partes firmantes

La A.E.A.T. y el Consejo General se comprometen, por el presente Acuerdo, a analizar los procedimientos específicos de colaboración en él establecidos o que se establezcan en el futuro y a resolver los posibles problemas y discrepancias que puedan surgir tanto en la aplicación del Acuerdo como en las actuaciones de las partes firmantes en el seno del mismo.

El incumplimiento por parte de un profesional del contenido del Acuerdo podrá dar lugar a su exclusión del mismo, oída la Comisión de Seguimiento que se menciona en el Apartado Cuarto.

2. Gestión informatizada de declaraciones tributarias

Los Graduados Sociales Colegiados interesados colaboraran activamente en la confección y presentación de declaraciones-liquidaciones y declaraciones de suministro de información por sistemas informáticos, de acuerdo con las instrucciones emanadas de la A.E.A.T. y en la forma convenida entre ambas partes, en beneficio de los contribuyentes, facilitándoles el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y permitiendo agilizar la tramitación de dichas declaraciones y, en su caso, de las devoluciones resultantes.

La A.E.A.T., por su parte, se compromete a facilitar sus programas de ayuda para la presentación en soporte magnético de las declaraciones y a aprestar su apoyo técnico con el fin de que la calidad de dichos soportes sea la adecuada para alcanzar los objetivos establecidos.

3. Atención diferenciada a los profesionales

La A.E.A.T. establecerá, en aquellas oficinas en que los medios humanos y materiales lo permitan, cauces especiales de atención diferenciada a los profesionales del asesoramiento fiscal integrados en los respectivos Colegios Oficiales de Graduados Sociales, que podrá conllevar la centralización en lo posible de las relaciones con la Administración Tributaria donde el volumen de actividad así lo aconseje y que redundarán tanto en beneficio de dichos profesionales, en cuanto suponen un ahorro de tiempo y recursos, como de la propia A.E.A.T., en cuanto evitan aglomeraciones innecesarias y molestias al resto de los ciudadanos que acuden a sus oficinas.

Dichos cauces podrán ser utilizados exclusivamente por aquellos profesionales que presenten sus declaraciones por sistemas informáticos de acuerdo con el punto 2 anterior.

4. Ventanilla informática

La A.E.A.T., en el marco del presente Acuerdo, ofrece a los Graduados Sociales Colegiados la posibilidad de acceso informático a determinadas informaciones o servicios que resultan de interés tanto para los propios profesionales asociados como para sus clientes, siempre que técnicamente sea posible.

A título de ejemplo y sin perjuicio de una posible ampliación a otros servicios o procedimientos que se desarrollen en el futuro, pueden señalarse:

Cuando se trate de información concreta referida a un cliente, para acceder a la misma deberá acreditarse previamente la autorización concedida a tal fin de la forma que se determine en cada caso.

5. Información tributaria

La A.E.A.T. facilitará al Consejo General la Información que considere necesaria sobre proyectos de disposiciones, procedimientos de gestión o instrucciones de funcionamiento. Dicha información podrá canalizarse a través de reuniones demostrativas e informativas en los servicios centrales o territoriales de la A.E.A.T., a las que deberán asistir los profesionales que se adhieran al Acuerdo o una representación suficiente de los mismos.

Por su parte, el Consejo General prestará su colaboración tanto en la elaboración e informe de las que sean puestas en su conocimiento para consulta como en la difusión entre sus asociados de las cuestiones de interés general por los medios que considere más adecuado (reuniones informativas, circulares, publicaciones en sus boletines o revistas profesionales, etc.).

Asimismo, el Consejo General canalizará las consultas de cuestiones conflictivas que precisen la fijación de un criterio administrativo, para su contestación por los servicios competentes de la Administración Tributaria y la puesta en conocimiento de sus asociados.

Tercero.- ADHESION AL ACUERDO

Podrán adherirse al presente Acuerdo, a nivel territorial, los Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España que así lo deseen, de forma que el contenido del mismo sea de aplicación a sus colegiados, dedicados al asesoramiento fiscal, que indique cada Colegio Oficial de Graduados Sociales.

Dicha adhesión habrá de formalizarse mediante un Protocolo Adicional a este Acuerdo, que será firmado por el Delegado Especial de la A.E.A.T. en la Comunidad Autónoma de la jurisdicción territorial del Colegio Oficial de Graduados Sociales correspondiente. Este Protocolo podrá ser firmado por el Delegado de la A.E.A.T. en la provincia cuando el Colegio Oficial de Graduados Sociales no exceda de dicho ámbito territorial.

Cuarto.- COMISION DE SEGUIMIENTO

Se creará una Comisión de Seguimiento, integrada por representantes de la A.E.A.T. y de las organizaciones con las que se alcancen Acuerdos similares al recogido en este documento.

Dicha Comisión tendrá como objetivos prioritarios procurar la materialización efectiva del contenido del Acuerdo, evaluar los resultados obtenidos e impulsar la colaboración y cooperación entre las partes firmantes del mismo.

Asimismo y para facilitar la relación y comunicación entre las partes, se realizaran reuniones periódicas entre los representantes de la A.E.A.T. y los de los Graduados Sociales Colegiados, en los distintos niveles, al objeto de proporcionarse recíprocamente información, realizar sugerencias para mejorar la gestión y resolver los problemas o incidencias que puedan plantearse.

Por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Por el Consejo General de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España.